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Espectáculos Públicos

 

El 18 de octubre del 2022 se publicó en el Diario Oficial la Gaceta 198, el Decreto Ejecutivo 43721-MEIC, reforma al Reglamento a la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley Nº 7472, Decreto Ejecutivo N° 37899-Meic del 08 de Julio de 2013, publicado en El Diario Oficial La Gaceta N° 182 del 23 de setiembre de 2013

Como parte de las mejores destaca que permite realizar publicidad de la actividad de espectáculos públicos de forma previa a la autorización, siempre y cuando no se vendan entradas o boletos; además se simplifica el trámite de autorización de espectáculos públicos reduciéndose de 11 a 5 el número de requisitos a presentar.

Adicionalmente, se disminuye en un 50% el plazo de resolución de la autorización, pasando de 30 a 15 días hábiles y se amplían las categorías de actividades que no requerirán autorización por parte del MEIC para la venta de entradas, pues pasan a 3 a 11, debido al bajo riesgo que representan y a la inmediatez entra la venta y ocurrencia del evento.

Según la normativa, se establece como espectáculo público la siguiente definición: Es la venta generalizada al público para el disfrute futuro de un servicio vinculado a una representación, función, acto, evento, exhibición artística, musical, deportiva o cultural, organizada por una persona física o jurídica en cualquier lugar y tiempo, a la que se convoca masivamente al público con fines de entretenimiento, diversión o recreación mediante el pago de una contraprestación en dinero.

Se exceptúan de esta definición los siguientes eventos siempre y cuando se acredite ante la Administración de modo suficiente mediante documento emitido por la entidad pública correspondiente:

"i. Actividades deportivas organizadas por sus propias federaciones o asociaciones avaladas por el Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER), correspondientes a campeonatos nacionales o internacionales.

ii. Espectáculos declarados de interés nacional, cultural, científico, educativo, y cualquier otro declarado de interés por la institución pública correspondiente mediante acto administrativo razonado.

iii. Espectáculos públicos organizados por instituciones educativas públicas o privadas.

iv. Actividades taurinas, topes, turnos y eventos ecuestres

v. Fiestas patronales o campos feriales donde no se haga preventa.

vi. Exhibiciones recurrentes que se realicen de manera iterativa y ordinariamente en recintos destinados para tales efectos como el cine y las obras de teatro.

vii. Presentaciones de música en vivo en bares, restaurantes y bares en hoteles y balnearios.

viii. Actividades recreativas deportivas en las cuales el consumidor compite o participa de manera activa como el atletismo y el ciclismo.

ix. Actividades con fines de beneficencia.

x. Actividades con fines educativos o de capacitación para grupos específicos".

 

 

Solicitud de autorización de ventas a plazo de ejecución futura de espectáculos públicos

La tramitación de la autorización de las ventas a plazo de bienes o de ejecución futura de servicios en cualquiera de las modalidades, podrá realizare por medios digitales, siempre y cuando los documentos presentados por la parte se encuentren firmados digitalmente. En tal caso, deberán remitirse al correo autorizaciones@meic.go.cr. (límite archivos adjuntos hasta 20 MB)

Si se opta por el trámite impreso, los documentos deberán ser presentados por el solicitante en sobre cerrado en las instalaciones del MEIC.

 

Guía y formularios para eventos autorizados antes de la modificación reglamentaria antes del 18 de octubre del 2022:

 

Consejos útiles para el consumidor en ventas a plazo:

1. Verifique que la empresa esté debidamente inscrita ante el MEIC.

2. Antes de adquirir un plan o contrato de venta a plazo, confirme que los mismos estén debidamente autorizados ante el MEIC.

3. Asegúrese de leer y entender todos los artículos o puntos mencionados en el contrato que le ofrecen antes de firmarlo.

 

Para consultas puede escribir a los siguientes funcionarios:

Luis Felipe Chacón lchacon@meic.go.cr

Richard Ching Q rching@meic.go.cr

Alexander Paniagua O apaniagua@meic.go.cr

Sergio Solís A ssolis@meic.go.cr

 

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